Instituto HĒBO

La Escuela Judicial Nacional

En el marco de una creciente exigencia social de contar con jueces y magistrados profesionales, confiables y que se conduzcan con apego a los más altos estándares de la ética judicial, el autor presenta las bases de una Escuela Judicial Nacional que se encargue de la selección, la preparación y la posterior designación de jueces y magistrados.

Los impartidores de justicia son el eslabón entre el deber ser normativo y la realidad social. Su función no se limita a ser meros aplicadores de normas: tienen una labor esencial en el seno del Estado, como intérpretes y aplicadores del Derecho, en aras de alcanzar el fin supremo de la justicia; en el que se aspira a alcanzar una verdadera democracia a partir del pleno ejercicio de los derechos humanos, y con ello, lograr, de manera eficiente y eficaz, el bienestar, la paz y el desarrollo social, así como constituirse en garantes que permitan la plena justiciabilidad y el ejercicio de los derechos en todas las ramas jurídicas.

La función jurisdiccional en sus diversas materias contiene en sí misma una significativa importancia no sólo en la vida de los justiciables sino de toda una sociedad, por lo que es preponderante la legitimación de la función judicial y, de ese modo, abonar a la confianza y a la credibilidad en los jueces y los magistrados mexicanos. Por ese motivo, la selección y la preparación de éstos debe observar altos estándares de exigencia cualitativa para el cumplimiento de su función social.

Con motivo de los foros de justicia cotidiana organizados por el Centro de Investigación y Docencia Económicas, en abril de 2015, se elaboró el documento que refleja la necesidad de tener jueces independientes y capaces a partir de la profesionalización y la educación continua de los juzgadores, aspectos que deben ser planeados y ejecutados por los órganos de gobierno de los impartidores de justicia. En ese documento se observa que la justicia cotidiana se encuentra repleta de formalidades que reducen la eficiencia del proceso jurisdiccional, que los juzgadores suelen ser poco proclives a la introspección y eso les impide ser reactivos a costumbres y tradiciones que obstaculizan el funcionamiento de la justicia, que la profesionalización es una herramienta clave para lograr trascender muchas debilidades del funcionamiento cotidiano de la justicia y, además, que los problemas se presentan en la segunda instancia y en el amparo, pues con frecuencia se observan reposiciones cuyo único fin es la satisfacción de formalidades que no van a tener repercusión alguna sobre los procesos y que retrasan la impartición de justicia. Así, corresponde a la profesionalización judicial propiciar el desarrollo de actitudes que permitan que los juzgadores desarrollen su labor con apego a los más altos estándares de la ética judicial y el reto consiste en que las sesiones de profesionalización sean instrumentos eficaces para inocular en los juzgadores hábitos que les permitan convertirse en jueces de excelencia.

En el documento titulado “Hacia un México más fuerte e incluyente: avances y desafíos de las reformas”, elaborado por la secretaría general de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, de la serie Mejores Políticas, se ha establecido que el sistema de justicia mexicano enfrenta desafíos importantes en materia de credibilidad, eficacia y rapidez.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, al resolver el caso contencioso Rosendo Radilla Pacheco contra los Estados Unidos Mexicanos, el 23 de noviembre de 2009, conminó al Estado a que se fortalezcan las capacidades institucionales mediante la capacitación de funcionarios públicos, además de que, en relación con la capacitación en materia de protección de derechos humanos, en su jurisprudencia la Corte ha considerado que ésta es una manera de brindar al funcionario público nuevos conocimientos, desarrollar sus capacidades, permitir su especialización en determinadas áreas novedosas, prepararlo para asumir posiciones distintas y adaptar sus capacidades para desempeñar mejor las tareas que se le asignarán.

El contexto actual de otorgamiento de los nombramientos de jueces y magistrados en el ámbito federal, parte de lo dispuesto en los artículos 112 al 117 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los cuales establecen que el acceso a la categoría de juez se hará a través de concurso interno de oposición y de oposición libre, además de regular las diversas etapas que lo conforman: i) una fase escrita, que se compone por un cuestionario relacionado con las materias base del concurso (las mejores calificaciones pasarán a la siguiente etapa); ii) una fase práctica, mediante la asignación de un caso concreto para su resolución y la redacción de la sentencia respectiva, y iii) una fase oral pública, consistente en preguntas elaboradas por el jurado sobre cuestiones relacionadas con las funciones del juez de distrito.

No obstante, en la experiencia obtenida hasta ahora, esa forma de selección de decisores judiciales se estima insuficiente para responder al constante cambio social, a las exigencias reveladas con anterioridad y a diversas reformas constitucionales y legales en todas las materias del Derecho que provocan, hoy más que nunca, que jueces y magistrados sean objeto de las exigencias sociales. Luego, la labor de los decisores judiciales requiere una mayor preparación para cumplir no sólo con las reclamaciones nacionales —principalmente de corte constitucional—, sino también con las internacionales, que son el reflejo del dinamismo social y la constante transformación y evolución de sus necesidades; por lo cual, ante el reclamo y la gradual pérdida de legitimidad, se pretende, a través de esta propuesta, sentar las bases de una Escuela Judicial Nacional que se encargue de la selección, la preparación y la posterior designación de jueces y magistrados que respondan no sólo a una realidad jurídica, sino también , como se ha dicho, a una realidad social.

En búsqueda de una Escuela Judicial Nacional

Dos de las instituciones más emblemáticas de selección y preparación de jueces, dados los resultados que han proclamado en la práctica jurisdiccional, son: a) la Escuela Judicial de España, configurada como centro de selección y formación de jueces y magistrados, y b) la Escuela Nacional de la Magistratura de Francia. Cada una se caracteriza por los altos estándares de formación a partir de concursos de oposición para el acceso a sus filas y la posterior preparación de los futuros juzgadores.

La Escuela Judicial de España

Esta escuela tiene como propósito la formación especializada y de alta calidad de los jueces, por lo que su ingreso únicamente está destinado a los mejores. Se incorporan dos etapas: una para el ingreso a la Escuela Judicial y otra para preparar a los candidatos como futuros juzgadores. Este procedimiento tiene una duración aproximada de tres años.

La primera etapa de oposición libre consta de distintos ejercicios: a) De memorización de diversos temas relacionados con Derecho constitucional, penal, civil y procesal. En esta etapa se exige precisión casi absoluta en las respuestas a las preguntas que conforman el examen, por lo cual únicamente se elige a las personas con mejores calificaciones, que reduce a unos cuántos aspirantes. Por ejemplo, un reportero español reportó que a la convocatoria de 2016 se presentaron 4,000 aspirantes para ocupar sólo 60 plazas. b) De exposición oral sobre diversos temas relacionados con Derecho constitucional, penal, civil y procesal.

Una vez superada esta etapa, se pasa a una segunda, la cual permite el ingreso a la Escuela Judicial, cuyos estudios se dividen en diversos periodos: el primero, diseñado como un curso teórico práctico, en el que se incluye la enseñanza a través de casos reales; el segundo, llamado de prácticas tuteladas, en el que se realizan funciones de auxilio y colaboración con los órganos judiciales; el tercero, de sustitución y refuerzo en órganos judiciales con la posibilidad de tomar las funciones de los titulares del órgano judicial.1

La Escuela Nacional de la Magistratura de Francia

Esta institución tiene entre sus principales funciones la organización de concursos de acceso para la formación profesional de alumnos como futuros juzgadores. Para el ingreso a la institución se realizan dos pruebas: una de admisibilidad, que consiste en un examen escrito sobre Derecho civil, procesal civil, penal y procesal penal, organización del Estado, organización de la justicia, libertades públicas y Derecho público; y otra oral,que incluye una prueba de capacidad de síntesis, la simulación de un juicio y una entrevista con el jurado. Una vez superado lo anterior, la preparación de los alumnos se divide en dos periodos: 10 meses de formación en la Escuela Nacional y 21 meses de prácticas en diversos órganos jurisdiccionales y en el ministerio fiscal así como en servicios de investigación.2

Escuela Nacional Judicial

Conforme a los modelos precedentes, se sentarán las bases de una Escuela Nacional Judicial que responda a las exigencias sociales y, por ende, al servicio público de una impartición de justicia sustentada en la protección de los derechos humanos, pero específicamente en la tutela judicial efectiva, en el acceso a la justicia y en el recurso efectivo.

La creación de la Escuela Nacional Judicial, como organismo público, autónomo e independiente de los poderes de la Unión, requerirá una reforma constitucional, así como unificar el proceso de formación y profesionalización de jueces y magistrados de todo el país bajo estándares de excelencia en los que se privilegie su labor como garantes de los derechos humanos y su función como servidores públicos.

La institución será presidida por un magistrado en activo, con trayectoria paralela en la academia, pues éste será quien, con base en su experiencia como juzgador y académico, transmitirá los conocimientos y los aprendizajes de su labor como decisor judicial y, a su vez, organizará el funcionamiento del centro escolar para lograr los objetivos institucionales y articular la organización, la planificación, la gestión de los recursos, el seguimiento de las actividades educativas y la evaluación de los futuros impartidores de justicia; además, será asistido por un consejo académico multidisciplinario que apoyará el enfoque interdisciplinario de la formación de jueces y magistrados.

La planta docente estará conformada, principalmente, por jueces, magistrados y miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de fiscales, defensores, académicos, especialistas en las distintas áreas de interés, así como de directivos de distintas dependencias —titulares de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Secretaría de Relaciones Exteriores, director del Banco de México, diplomáticos, titular de la Comisión Federal de Competencia Económica, entre otros—.

Así, la Escuela Nacional tendrá como objetivo la preparación de jueces y magistrados con base en una formación integral, interdisciplinaria y social. La formación integral tiene como objetivo el desarrollo de aptitudes y capacidades desde un enfoque teórico-práctico, ético y de derechos humanos. La formación interdisciplinaria tiene como finalidad ofrecer un panorama amplio de diversas áreas que se interrelacionan con el Derecho, como la contabilidad, la psicología, la sociología, la medicina, la economía. Por último, la formación social tiene como propósito la generación de conocimiento socialmente útil.

La formación basada en las vertientes señaladas es necesaria y de suma importancia para una impartición de justicia acorde con la tutela judicial efectiva, el acceso a la justicia y el recurso efectivo, además de que responde a las necesidades y a las exigencias sociales.

De ahí que el plan de estudios para la formación de juzgadores y juzgadoras sea diseñado conforme a las reformas constitucionales y a las normas secundarias, además de abarcar los pronunciamientos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Proceso de selección para la preparación de jueces y magistrados

Ahora bien, el concurso de oposición debe ser abierto, con la finalidad de fortalecer los principios constitucionales de la función judicial que consisten en imparcialidad, autonomía e independencia, pues esta apertura es necesaria para abonar perspectivas jurídicas y sociales que impactarán en la legitimación reclamada por la sociedad; de ahí que entre los requisitos para participar el aspirante deberá acreditar la nacionalidad mexicana, una experiencia profesional en el área de interés de 10 años, sin una edad mínima ni máxima.

En un primer acercamiento, los aspirantes elaborarán un examen escrito, del cual resultarán los mejores candidatos, quienes accederán a la Escuela Judicial y durante un año y medio serán preparados para ser jueces y magistrados, tiempo en el que se les deberá asignar una compensación equivalente a la función de secretario de juzgado de distrito. Las etapas que conformarían el proceso de selección y formación de jueces y magistrados serían las siguientes:

Fase escrita

Una teórica-reflexiva que comprenderá los ejercicios que se desarrollan a continuación:

 Un examen de 120 reactivos que se dividirá en los siguientes apartados: uno meramente teórico que abarcará preguntas relacionadas con el marco normativo procesal y sustantivo en materia penal, civil, administrativa y laboral, así como constitucional y amparo; otro reflexivo a través de casos resueltos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionados con las materias indicadas, y, por último, casos paradigmáticos resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

 Una exposición oral ante un jurado, que estará conformado por dos magistrados, un juez y un académico, quienes evaluarán cinco temas (procesal penal, penal sustantivo, ejecución penal, justicia integral para adolescentes y amparo penal).

 Una exposición oral ante un jurado conformado por dos magistrados, un juez y un académico, quienes evaluarán cinco temas (civil, administrativo, laboral, competencia económica y derechos humanos).

Esta etapa pretende situar a los contendientes en la misma línea de inicio y en igualdad de oportunidades, pues el material de estudio es de acceso público: la legislación, las determinaciones judiciales publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y los casos contenciosos publicados en las páginas de internet de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y del Tribunal Europeo. De ese modo, únicamente las mejores calificaciones podrán acceder al proceso de formación de jueces y magistrados.

Acceso a la Escuela Judicial

 Un enfoque teórico-práctico. El material objeto de estudio será proporcionado a los alumnos un día antes de su análisis y en la clase aplicarán lo estudiado a casos concretos. Además, se contará con un espacio de debate acerca de las vicisitudes del planteamiento en estudio. Comprende una fase presencial con base en un enfoque de competencias y de diálogo constante entre alumnos y profesores, adonde aquéllos se sitúen como el objeto del aprendizaje mediante un proceso activo en el que el profesorado únicamente tendrá el papel de guía a través del método del caso.

 Un enfoque pragmático-social. Cada alumno se enfrentará a casos reales (ya resueltos) y asumirá cada uno de los papeles en un proceso —para lo cual contará con una sala de oralidad—. Al inicio de la clase se hará una selección al azar de esos papeles, o la representación correspondiente, y se desarrollará el caso concreto y la solución. En la segunda parte de este enfoque los candidatos visitarán diversos foros académicos e instituciones con la finalidad de escuchar la experiencia de los actores y las partes en los procesos del aparato judicial. Por ejemplo, en materia penal, acudirán: i) a reclusorios donde platicarían con los internos, quienes les compartirán su experiencia con el sistema de administración de justicia; ii) a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para escuchar la experiencia de las víctimas y sus inquietudes; iii) a reuniones con fiscales y defensores públicos, quienes les compartirán su experiencia de la administración de justicia, y iv) a charlas con jueces y magistrados de otras materias, con la finalidad de que compartan sus vivencias, así como los retos a los que se han enfrentado como juzgadores.

 Evaluación final. Los miembros del comité de la Escuela Judicial, conformado por un académico, jueces y magistrados, decidirán, con base en las calificaciones obtenidas en cada fase, quiénes fueron los ganadores.

El curso teórico-práctico (metodología)

La incorporación de una metodología en la formación judicial es requisito sine qua non para responder a las necesidades sociales, pues incluye el uso del método del caso a través del supuesto abierto, el juzgado virtual, la utilización de microrrelatos para la reflexión sobre ética judicial y deontología, y el uso de medios de comunicación. De ahí que se pretendan los siguientes objetivos:

 Una adecuada formación técnico-jurídica y especializada con un aspecto preponderantemente práctico en las diversas áreas del Derecho sustantivo y adjetivo, en las materias de Derecho civil, familiar, mercantil, administrativo, penal, laboral, fiscal, radiodifusión, telecomunicaciones y competencia económica, entre otras, cuyos docentes serán jueces y magistrados de esas áreas, así como expertos doctrinarios. La formación en las referidas áreas constituye una necesidad que se ha ido poniendo de manifiesto por las recientes reformas constitucionales en derechos humanos y amparo, así como en el sistema acusatorio y en el sistema de justicia integral para adolescentes.

 Una profunda formación en Derecho constitucional y en derechos humanos, que, en la vertiente práctica, será impartida desde el área del Derecho constitucional y de los derechos humanos, y en la que se analiza —desde la vertiente práctica— la interpretación y la aplicación de la norma constitucional en la resolución de los procedimientos judiciales y la tutela de los derechos fundamentales a través de control difuso de constitucionalidad y convencionalidad.

 La formación complementaria en materias de gran relevancia para quien va a desempeñar la función jurisdiccional. Así, se ofrecerá una específica formación en teoría del Estado, contabilidad, sociedad de la información, protección de datos, medios de comunicación, economía, filosofía, ética, lógica jurídica, interpretación y argumentación jurídica, metodología jurídica, sociología jurídica, teoría del proceso, Derecho internacional público y medicina legal. La formación complementaria atiende al hecho de que el ejercicio de la función jurisdiccional requiere que se conozcan materias de carácter heterogéneo que son fundamentales, bien para el correcto desarrollo de su función o bien para la interpretación y la posterior aplicación de las normas frente a una realidad social.

 La obtención de una formación de carácter interdisciplinario, cuyo propósito es que el juez en prácticas se capacite en materias como deontología y ética judicial, redacción de resoluciones judiciales, prevención de riesgos laborales en el ejercicio de la función jurisdiccional, cuestiones de especial relevancia para la sociedad, conocimiento de la realidad social, formación en macroeconomía y microeconomía, entre muchas otras. De igual manera, se pretende aproximar a los juzgadores en ciernes a las funciones que realizan autoridades y sectores impactados por las decisiones judiciales.

 La realización de estancias formativas con quienes colaboran desde distintos ámbitos de la administración de justicia. Las estancias tendrán la finalidad de que los aspirantes a jueces y magistrados conozcan in situ las funciones que realizan abogados, fiscales, policías, psiquiatras y medios de comunicación, así como los distintos sectores públicos y privados que se interrelacionan y que dependen de las decisiones jurisdiccionales. Estas estancias permitirán un acercamiento de los estudiantes a la realidad social para comprender las relaciones institucionales y sociales y para desarrollar las competencias suficientes del ejercicio de la función judicial.

 También resulta trascendental la mejora y el desarrollo de habilidades como el trabajo en equipo, la expresión oral y escrita, así como de actitudes y valores como la escucha activa, la honradez, la humildad razonable y la educación.

El eje central de la preparación será la utilización del método del caso, a través del supuesto abierto en una sala de audiencias acondicionada y el uso de microrrelatos para la reflexión sobre ética judicial y deontología.

El método del caso es la columna vertebral de la práctica docente, con el cual se pretende alcanzar el desarrollo de competencias y habilidades que ayudarán a forjar a jueces y magistrados del futuro, pues el aprendizaje real consiste en el hacer. De ahí que se destaquen tres formas de aplicación de este método:

 El caso cerrado. Es un método que se centrará en el trabajo de casos judiciales reales procedentes de diferentes juzgados y tribunales del país, los cuales se entregarán al alumno con distintos criterios jurisprudenciales aplicables, con la finalidad de que extraigan la historia procesal del supuesto, los hechos jurídicamente relevantes y las normas aplicables. Su labor será estudiar previamente los casos para exponerlos ante los docentes, con lo que se pretende generar un debate participativo, moderado por quien dirija formativamente la sesión. Asimismo, en función de las características del escrito, el formador decidirá si los supuestos a estudiarse serán fragmentados para su análisis, con la finalidad de no saturar los temas ni crear confusión entre los alumnos. Estas sesiones de trabajo concluirán con una valoración de los temas expuestos y con una breve exposición de las conclusiones fácticas y jurídicas, pues el objetivo final del ejercicio será que, una vez discutidos los pormenores procesales y sustantivos, el estudiante esté en condiciones de resolver el litigio planteado a través de una sentencia.

 El caso secuenciado. Es un método de recepción progresiva de información para realizar un estudio más profundo del caso. Se inicia con la entrega a los participantes del tipo de documentación que un ciudadano proporcionaría a su abogado; el propósito es colocar a los futuros jueces en la posición de quien ejerce la abogacía para experimentar el tipo de problemas que enfrenta y adoptar las consiguientes decisiones. En la medida en que avance el estudio del caso y del área se situarían en cada una de las partes del proceso en estudio con la finalidad de contar con un panorama integral y, por ende, podrían considerar todas las vicisitudes a las que eventualmente pueden enfrentarse en la práctica real.

 El caso abierto. En éste existe una estrecha colaboración con uno o más juzgados. Los estudiantes se conectan con el juzgado para asistir a distancia al desarrollo de los actos programados. Antes de cada acto, uno juez realiza una breve presentación del caso. Después, los participantes pueden preguntar o debatir con quien esté al frente del juzgado aquello que han visto y oído.

El curso práctico-social

En el curso práctico-social jueces y magistrados en prácticas ejercen funciones de auxilio y colaboración con los titulares de los órganos judiciales donde desarrollen las prácticas. En esta fase se realizarán actividades durante un periodo de seis meses en diferentes órganos de todos los órdenes jurisdiccionales.

Aquí, las funciones de auxilio y colaboración que lleven a cabo los futuros decisores judiciales en prácticas son supervisadas por un tutor, el titular de cada órgano judicial donde realizan las prácticas, designado previamente por el comité de la Escuela Judicial Nacional.

En la fase de prácticas tuteladas, los objetivos se centran en la dirección de actos orales, en la redacción de borradores y proyectos de resolución y en la relación con los profesionales que colaboran con la administración de justicia. Así, se dividirán en los siguientes módulos:

 Oralidad. Uno de los objetivos es que los estudiantes desarrollen y fortalezcan sus habilidades de comunicación oral argumentativa, pues quien desempeña la jurisdicción debe tener un amplio dominio del Derecho procesal que le permita resolver, oralmente y de forma inmediata, todas las incidencias procesales que se planteen durante la celebración del acto. Asimismo, debe conocer las normas de estrado y tener una correcta expresión oral y una adecuada forma de relación con los diferentes sujetos que intervienen durante el acto oral que asegure que todos serán tratados con el debido respeto.

 Redacción de borradores y proyectos de resolución. Con este ejercicio se consolidarán los conocimientos y las habilidades adquiridos y se fortalecerán las diferentes habilidades necesarias para redactar las resoluciones judiciales, tales como la determinación de los hechos probados, la incardinación del supuesto de hecho en un cierto contexto jurídico, la motivación, la valoración de pruebas, la congruencia, la extensión, la claridad y el uso de los recursos lingüísticos.

En esta fase, a los futuros juzgadores se les encomendará la redacción de proyectos o de borradores de resolución de las diferentes fases de los procedimientos tramitados en el juzgado, que deben ser revisados por quien desempeña la tutoría y que pueden ser asumidos por éste con las modificaciones que estime pertinentes.

 Relación con los profesionales que colaboran en la administración de justicia. Con base en esta fase se tendrá la posibilidad de conocer cómo los miembros de la carrera judicial se relacionan con fiscales, médicos forenses, abogados, procuradores y agentes de la policía. Es recomendable que el juez en prácticas esté presente en todas las entrevistas que se lleven a cabo con los diferentes colaboradores con la administración de justicia, de modo que conozca no sólo la manera de relacionarse en las visitas y las comparecencias, sino en otras circunstancias en las que también es necesario el contacto con esos colaboradores.

Conclusiones

  1. La Escuela Nacional Judicial tiene como objetivo crear experiencias que construyan conocimiento, perfeccionen habilidades y cultiven una perspectiva donde el cimiento de la función jurisdiccional sea la tutela judicial efectiva, el acceso a la justicia, el recurso efectivo, así como la protección y la garantía de los derechos humanos. La formación de jueces y magistrados es esencial para responder a una realidad social en la que desempeñen un servicio público, además de fortalecer una preparación que despierte el interés por una capacitación continua y dotar a los juzgadores de una visión en la que incluyan el aprendizaje integral e interdisciplinario que complemente la visión de protección y garantía de los derechos humanos de las partes involucradas en una contienda.
  2. La formación teórico-práctica y la práctica social por medio del método del caso, constituyen el andamiaje de una preparación de excelencia y de la construcción de conocimiento (saber) a través de una preparación previa que tiene la finalidad de sentar las bases para el desarrollo de habilidades en la aplicación de conocimiento (saber hacer) y, de ese modo, tener la capacidad de decidir un caso concreto (saber estar).
  3. Así, con base en una experiencia en la docencia y en el ámbito judicial, se aplicarán los métodos de enseñanza más adecuados para la formación de los juzgadores, complementado con una visión social-jurídica acerca de los problemas, los retos y las vicisitudes a los que se enfrenta una autoridad judicial.

* Magistrado de circuito, miembro de la Academia Mexicana de Ciencias Penales y profesor de posgrado. Colaboraron en la investigación y en la propuesta: José Díaz de León Cruz, juez de distrito de amparo en materia penal de la Ciudad de México, así como Liliana Muñoz Ortiz y María del Carmen Montiel Rodríguez.

[1] Véase Plan Docente de Formación Inicial, 69ª Promoción de la Carrea Judicial, Curso 2018-2020, de la Escuela Judicial del Consejo General del Poder Judicial de España.

[2]Véase la publicación relacionada con la L’École Nationale de la Magistrature, de Iñaki Esparza Leibar, Eguzkilore,núm. 23, San Sebastián, diciembre de 2009, pp. 333-350.

Autor: MIGUEL ÁNGEL AGUILAR LÓPEZ